La ONG Acceso a la Justicia pidió al Ejecutivo nacional publicar, "de manera inmediata", el decreto de conmoción externa, firmado este lunes por Nicolás Maduro, alegando “amenazas” provenientes de Estados Unidos. Según Delcy Rodríguez, vicepresidenta ejecutiva, la medida busca reforzar la defensa nacional ante posibles acciones externas que comprometan la estabilidad del país.
La fundación señaló que, según el artículo 22 de la Ley Orgánica de Estados de Excepción, dicho edicto se aplicará luego de ser signado por el Presidente de la República en Consejo de Ministros, para posteriormente "ser publicado Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela y difundido en el más breve plazo" por todos los medios de comunicación social.
"De acuerdo a esta disposición legal, el Estado de Excepción decretado ya entró en vigencia, pues basta con que sea dictado por el Presidente en Consejo de Ministros, para que tenga validez. Sin embargo, aún los venezolanos desconocen los límites y restricciones de este decreto", expresó la organización en X.
Y agregó: "El estado de conmoción exterior, al tratarse de un estado de excepción, implica la restricción de garantías a ciertos derechos, por lo que es importante que se produzca de manera inmediata su difusión en Gaceta Oficial, a fin de que la ciudadanía conozca su contenido".
Nicolás Maduro firmó un decreto de conmoción externa. En un encuentro con el cuerpo diplomático acreditado en el país, Delcy Rodríguez dijo que este decreto "le da poderes especiales al jefe de Estado para actuar en materia de defensa y seguridad" en caso de que EE UU "se llegara a atrever a agredir" a Venezuela.
"El presidente suscribió el decreto de conmoción externa", indicó la funcionaria.
Este decreto de conmoción está contemplado en una ley de estados de excepción e incluye la "restricción temporal" de derechos constitucionales.
"Hay una Venezuela compacta en la defensa de nuestro país, preparada para la defensa de Venezuela", opinó Rodríguez. "Jamás entregaremos la patria".
¿Qué implica el decreto de estado de conmoción exterior?
El estado de conmoción exterior está contemplado en el artículo 338 de la Constitución de 1999. Se decreta en situaciones de conflicto externo que pongan en peligro la seguridad de la nación, sus ciudadanos o sus instituciones.
Tiene duración de hasta 90 días, prorrogables por otros 90 días con autorización parlamentaria, y otorga al Ejecutivo poderes extraordinarios para movilizar tropas, restringir derechos civiles, controlar medios de comunicación y adoptar decisiones excepcionales en materia de defensa nacional.
En la práctica, esta figura jurídica permite centralizar decisiones en el Ejecutivo y reducir contrapesos institucionales bajo el argumento de la protección nacional.
Maduro justificó la decisión con el incremento de maniobras militares estadounidenses en aguas cercanas a Venezuela, que Washington ha presentado como parte de operaciones contra el narcotráfico.
Fuente: El Nacional