El Consejo Nacional Electoral (CNE) determinó que la solicitud de sustitución de la candidatura de Carlos Ocariz por la gobernación del estado Miranda fue presentada fuera de los lapsos establecidos y por lo tanto los votos para la tarjeta de la organización con fines políticos MUD para ese cargo de elección popular serán nulos.
Así lo explicó la rectora y también presidenta de la Junta Nacional Electoral (JNE), Tania D’Amelio, durante una entrevista en el programa Al Instante, difundida por Unión Radio, en la cual también explicó que a diferencia de las sustituciones, las renuncias a las candidaturas pueden ser recibidas y procesadas en cualquier momento.
En este sentido D’Amelio precisó que el ciudadano Carlos Ocariz introdujo formalmente la comunicación con su renuncia ante la Junta Nacional Electoral el día 12 de noviembre a las 9:40 a.m. “Esa renuncia se procesa porque la norma es muy clara, en el sentido que las renuncias se pueden recibir en cualquier momento y deben ser procesadas”.
La presidenta de la JNE añadió que la sustitución de la candidatura de Ocariz a la Gobernación del Estado Miranda también fue consignada el día 12 de noviembre, pero esta solicitud no fue procesada por haber sido presentada fuera del lapso que fue establecido y debidamente informado por el CNE a todas las Organizaciones con Fines Políticos, en tal sentido los votos para esa tarjeta por el cargo de la gobernación de Miranda son nulos.
Explicó D’Amelio que el lapso de cierre de las sustituciones obedece al tiempo requerido para publicar la oferta electoral definitiva, con el objeto de garantizar el derecho de los electores y las electoras a estar oportunamente informados antes de concurrir a las mesas de votación.
La rectora enfatizó que la decisión sobre ésta y otras solicitudes presentadas fuera de lapso fue tomada en reunión de directorio, a la cual concurrieron todos los rectores del Poder Electoral. “Dimos un debate en el directorio, en el cual discutimos cuáles solicitudes se podían procesar y cuáles no. Cuando él entrega su solicitud el día 12, se procesa la renuncia y los votos a esa tarjeta son votos nulos”, reiteró.
Más tarde, la rectora extendió la explicación en su cuenta Twitter @taniadamelio: “La Ley Electoral vigente (2009), así como las precedentes y los reglamentos y cronogramas aprobados desde el nacimiento del Poder Electoral, han establecido fechas topes para las sustituciones de candidatas y candidatos. Este límite de Ley para las sustituciones (art. 63 LOPRE) marca un cierre y la fijación de la Oferta Electoral definitiva. Es un mandato legal y constitucional para la transparencia, confianza y seguridad de todo el electorado”.
Por su parte, el vicepresidente del CNE, Enrique Márquez, entrevistado en el programa A Tiempo, de Unión Radio, también confirmó que los cambios que hicieron los partidos (que apoyaban la candidatura de Carlos Ocariz) llegaron el día 12, «de tal manera que no pudieron ser procesados, esa es la verdad».
Márquez sentenció que «lo establecido por el directorio del CNE es ley y lo establecido es eso, queda de los partidos adaptarse al cronograma y a los dictámenes del árbitro electoral«.
Fuente: Correo del Orinoco